EL MAESTRO ENSEÑA, APRENDE,
DIALOGA Y CONVENCE CON LA PALABRA
DIALOGA Y CONVENCE CON LA PALABRA
Los
académicos que cumplan
con los requisitos,
podrán registrar su solicitud e
imprimir el comprobante
emitido por el sistema en la
página electrónica http://dgapa.unam.mx del
5 de junio
y hasta las
18:00 horas del
viernes 30 de junio, y del 24
de julio y hasta las 18:00
horas del viernes
18 de agosto
de 2017, y
durante este período,
entregar en la
secretaría general o académica
de su entidad
de adscripción, el
comprobante de registro y
copia de su título, grado o cédula profesional.
CONVOCATORIA DEL PEPASIG (5 DE JUNIO DE 2017)
EL MAESTRO ENSEÑA, APRENDE,
DIALOGA Y CONVENCE CON LA PALABRA
CONVOCATORIA PEPASIG
ATENCIÓN: EL NIP QUE SE SOLICITA PARA
EL REGISTRO EN LÍNEA ES EL NIP DEL TRÍPTICO, EL NIP QUE SE UTILIZA PARA
CAPTURAR LAS CALIFICACIONES
5 de junio de 2017
Con el objeto de estimular la actividad de los profesores de
asignatura que han realizado una
labor sobresaliente, así como fortalecer las actividades docentes en la
Institución, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por medio de la
Dirección General de Asuntos del Personal
Académico (DGAPA), convoca a los profesores de asignatura que imparten clases
conforme a los planes y programas de estudios aprobados por el Consejo
Universitario en el Sistema Escolarizado y en el Sistema de Universidad Abierta
y Educación a Distancia, a participar en el PEPASIG, de acuerdo con las
siguientes:
BASES
I.Participantes:
a)Los profesores de
asignatura sin nombramiento
de profesor o
investigador de carrera
de tiempo completo
que impartan, al momento
de solicitar su
ingreso, cuando menos tres horas de clase semanales.
b)Los profesores de
asignatura que tengan
nombramiento de técnico
académico e impartan
sus clases fuera
de la jornada
laboral estipulada en su nombramiento
de tiempo completo,
sólo podrán gozar del estímulo
hasta por un
máximo de ocho horas.
II.Requisitos:
El académico deberá estar impartiendo la docencia frente a
grupo en cualquiera de las modalidades antes mencionadas, así como:
a) Tener título de licenciatura o superior a licenciatura
b) Contar, al
momento del registro
de su solicitud
en línea, con al
menos un año
de antigüedad docente
con el nombramiento de profesor de asignatura en la
UNAM.
c) En el último período lectivo:
1) Presentar su solicitud de registro en línea;
2) Haber tenido al menos 90 por ciento de asistencia;
3) Haber cubierto el
programa de la
asignatura o del
curso; y
4) Haber entregado oportunamente las actas de exámenes.
III.Disposiciones
generales:
a) Los estímulos correspondientes al PEPASIG de
la UNAM, son
beneficios adicionales al salario nominal, por lo que no forman parte del
mismo y no constituyen un ingreso fijo, regular ni permanente.
Su asignación está sujeta a un proceso de
evaluación académica que valora
el rendimiento y la productividad de
los académicos que
se encuentren en los
supuestos establecidos en la presente Convocatoria.
b) Los académicos que
no realicen el
registro en línea
de su solicitud de permanencia
en
el PEPASIG, serán separados del programa.
IV. Asignación del
estímulo:
a) Para el Sistema
Escolarizado, el estímulo
consistirá en el pago
de una cantidad mensual por cada tres horas de clase frente a grupo, a partir
de un mínimo de tres y hasta un máximo de
30 horas/semana/mes en el nivel técnico,
bachillerato, licenciatura y
posgrado, considerando el título o grado académico del profesor.
b) Para el Sistema
de Universidad Abierta,
el estímulo consistirá en
el pago de
una cantidad mensual
por cada tres horas asignadas
de asesoría presencial
a los alumnos,
a partir de un mínimo de
tres y hasta
un máximo de
30 horas/semana/mes en los
niveles licenciatura y
posgrado, considerando el título ogrado académico del profesor.
c) Para el Sistema de Educación a Distancia, el estímulo consistirá en el pago de una cantidad mensual
por cada tres horas asignadas de asesoría en
línea a los
alumnos, a partir
de un mínimo de
tres y hasta un
máximo de 30
horas/semana/mes en los niveles bachillerato, licenciatura y posgrado,
considerando el título o gradoacadémico del profesor.
d) En el caso
de los académicos
que imparten diversos
cursos en actividades
deportivas, tanto en
las Facultades de Estudios Superiores (FES),
como en la
Dirección General del
Deporte Universitario (DGDU), la
evaluación del estímulo
la llevará a cabo el
Consejo Técnico en
el caso de las FES, y el Consejo Asesor, cuando se
trate de la DGDU. En ambos casos,
los académicos deberán cumplir
al menos con
los requisitos establecidos
en la Base II,
incisos b) y c), numerales 1), 2) y 3) de la presente Convocatoria. El estímulo consistirá en el pago de una
cantidad mensual por cada tres horas de clase, a partir de un mínimo de tres y
hasta un máximo de 30 horas/semana/mes.
e) No procederá el
pago del estímulo
cuando las horas
estén designadas al
apoyo a la docencia, la
investigación o a actividades
administrativas, en ninguna
de las modalidades establecidas en la presente
Convocatoria.
f) Los profesores de asignatura que tengan un nombramiento
académico-administrativo sólo podrán
gozar del estímulo
por un máximo de ocho horas.
g) En caso de que el académico sea evaluado en dos o más
entidades académicas
simultáneamente, se realizará
la sumatoria total
de las horas y
el monto del
estímulo se dividirá
en partes iguales en
cada entidad, dependiendo
del nivel en
el que imparta
clases frente a
grupo y hasta
con un máximo de 30 horas.
h) El académico no podrá ser evaluado con medias horas.
i) El estímulo cesará
automáticamente cuando el
Consejo Técnico haya aprobado
una licencia con
o sin goce
de sueldo, u otra comisión
que lo separe
de su actividad
docente. En este caso, el
profesor podrá registrar
la solicitud en línea
en las fechas marcadas en
la presente convocatoria para reingresar
al programa al
término de dicha
licencia, siempre y cuando
se incorpore a sus
actividades docentes dentro de los periodos
de clases establecidos en
el calendario escolar
y cumpla con
los requisitos enlistados en la presente
Convocatoria.
j) El estímulo consistirá
en el pago
de una cantidad
mensual a partir de
tres horas/semana/mes, considerando
el grado académico del profesor,
tal y como se establece a continuación:(ver tabla en:)
V. Evaluación:
a)El Consejo Técnico de la entidad académica correspondiente:
En caso de
que el título
o grado sea
emitido por instituciones
extranjeras, la Dirección General de Incorporación y
Revalidación de Estudios (DGIRE) solicitará a
la Comisión de
Incorporación y Revalidación de Estudios de
Títulos y Grados
del H. Consejo
Universitario, la opinión
académica correspondiente. En el caso de
constancias de título o grado emitidas por instituciones nacionales, éstas no deberán
exceder de seis meses de su expedición.
1. Revisará el cumplimiento
de los requisitos de
la presente Convocatoria.
2. Procederá a evaluar
a los académicos
conforme a los
criterios establecidos en las diversas
modalidades mencionadas en la presente
Convocatoria.
3. Podrá
auxiliarse de una o varias
comisiones de profesores designados por el propio Consejo.
b) Las secretarías generales o académicas de las entidades
deberán evaluar los ingresos
y permanencias en
el Sistema para el Registro de Estímulos Académicos
PEPASIG, las modificaciones
relativas al número de horas y
al grado académico, las bajas del programa, así como a
los académicos que cuenten con un nombramiento académico-administrativo.
c) En lo referente a
las modificaciones relativas al número de
horas y al grado académico,
de las entidades,
éstas podrán ser presentadas a
más tardar el
día de conclusión
de la vigencia del
semestre o año
escolar, dependiendo del plan de estudios correspondiente, y
tendrán una retroatividad máxima de cuatro meses.
d) No serán consideradas
las solicitudes de
ingreso al programa con evaluaciones en cero
VI. Calendario
1. Para las entidades académicas que se apegan al Plan Anual: Los
académicos que cumplan
con los requisitos,
podrán registrar su solicitud e
imprimir el comprobante
emitido por el sistema en la
página electrónica http://dgapa.unam.mx del
5 de junio
y hasta las
18:00 horas del
viernes 30 de junio, y del 24
de julio y hasta las 18:00
horas del viernes
18 de agosto
de 2017, y
durante este período,
entregar en la
secretaría general o académica
de su entidad
de adscripción, el
comprobante de registro y
copia de su título, grado o cédula profesional.
2. Del 8 de
agosto y hasta
las 18:00 horas
del viernes 8 de
septiembre de 2017, se capturarán en el Sistema para el Registro
de Estímulos Académicos, las
evaluaciones correspondientes al ejercicio
del PEPASIG 2018-I.
3. Entregar las copias del título, grado o cédula, con las
evaluaciones de los académicos
de nuevo ingreso
y en el caso
de permanencia, sólo cuando
haya habido un
cambio en el grado académico
del profesor, al
Departamento de Estímulos de la DGAPA, a más tardar a las 18:00
horas del lunes 11 de septiembre de
2017.
4. En lo referente a
las modificaciones relativas al número de horas y al grado académico,
podrán ser presentadas
a más tardar a las 15:00 horas
del lunes 7 de mayo de 2018. El pago del
estímulo de ésta última entrega se verá reflejado en la segunda quincena del
mes de junio de 2018.
Para las entidades
académicas que se apegan
al Plan Semestral: Semestre
2018-I
1. Los académicos que
cumplan con los
requisitos, podrán registrar su solicitud e imprimir el
comprobante emitido por el sistema
en la página
electrónica http://dgapa.unam.mx
del 5 de junio y hasta las 18:00 horas del viernes 30 de junio, y del 24
de julio y hasta las 18:00 horas del viernes
18 de agosto
de 2017, y durante
este período, entregar en
la secretaría general
o académica de su
entidad de adscripción,
el comprobante de
registro y copia de
su título, grado o cédula profesional.
2.Del 8 de
agosto y hasta
las 18:00 horas
del viernes 8 de
septiembre de 2017, se capturarán en el Sistema para el Registro
de Estímulos Académicos, las
evaluaciones correspondientes al ejercicio
del PEPASIG 2018-I.
3.Entregar las copias
del título, grado
o cédula profesional
con las evaluaciones de los
académicos de
nuevo ingreso y en el casode
permanencia, sólo cuando haya habido un cambio
en el grado académico del
profesor, al Departamento
de Estímulos de la DGAPA,
a más tardar
a las 18:00 horas del lunes 11 de
septiembre de 2017.
4. En lo referente a
las modificaciones en el número de horas
y en el grado
académico, podrán ser
presentadas a más tardar
a las 15:00 horas
del lunes 27
de noviembre.
El pago del estímulo de ésta última entrega se verá reflejado
en la segunda quincena del mes de enero de 2018. Semestre 2018-II
5.Los académicos que
cumplan con los
requisitos podrán registrar
su solicitud e
imprimir el comprobante
emitido por el sistema
en la página
electrónica http://dgapa.unam.mx del
8 de enero y
hasta las 18:00
horas del viernes
16 de febrero
de 2018 , y
durante este período,
entregar en la
secretaría general o
académica de su
entidad de adscripción,
el comprobante de
registro y copia
de su título, grado o cédula profesional.
6.Del 29 de
enero y hasta
las 18:00 horas
del viernes 2 de marzo
de 2018, se capturarán en
el Sistema para Registro
de Estímulos Académicos, las
evaluaciones correspondientes al ejercicio
del PEPASIG 2018-II.
7.Entregar las copias
del título, grado
o cédula profesional
con las evaluaciones
de los académicos
de nuevo ingreso y en el caso de permanencia, sólo
cuando haya habido un cambio en el
grado académico del
profesor, al Departamento
de Estímulos de la DGAPA, a
más tardar a
las 18:00 del lunes 5 de marzo de
2018.
8. En lo referente a
las modificaciones en el número de horas
y en el grado académico,
podrán ser presentadas
a más tardar a las
15:00 horas del
lunes 28 de
mayo de 2018.
El pago del
estímulo de ésta última
entrega se verá
reflejado en la segunda quincena del mes de julio de2018.
VII. Recurso de
revisión:
a) Si el académico
se considera afectado
en su evaluación,
debido a omisiones o
errores de procedimiento, podrá
interponer el recurso de
revisión ante el
Consejo Técnico correspondiente, dentro de
los 15 días
hábiles siguientes a la fecha en que hayan sido notificados los
resultados de la evaluación.
b) Una vez admitido el
recurso de revisión,
el Consejo Técnico
de la entidad
académica de adscripción docente deberá emitir, dentro de
los 20 días
hábiles siguientes, la
resolución definitiva, la cual tendrá carácter inapelable.
VIII. Disposiciones
complementarias:
a) Esta Convocatoria
abroga en todas
y cada una
de sus partes
el contenido de
la Convocatoria del
PEPASIG publicada en
Gaceta UNAM el 1 de
agosto de 2016,
y cualquiera que contravenga
las disposiciones contenidas en la presente
b) La DGAPA verificará
el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.
c) La realización del
registro por parte
del académico implica
el conocimiento y la aceptación de todas y cada una de las bases de esta
Convocatoria.
d) Las aclaraciones por
parte de las
entidades académicas contarán con
un lapso no mayor a
20 días hábiles
posteriores a la notificación que realice la DGAPA. Después de dicho
plazo, esta Dirección General
no podrá realizar
modificación alguna.
e) Los académicos tendrán
un plazo no
mayor a 15
días hábiles, posteriores a
la fecha del
pago del estímulo,
para solicitar aclaraciones.
f) Cualquier situación
no contemplada en
esta Convocatoria, será resuelta
por el Secretario
General de la
UNAM, previa consulta con la
Abogada General.
g) Esta
Convocatoria estará vigente
hasta que se
emita una nueva.
h) El pago con
el nuevo tabulador
se aplicó en
marzo con retroactividad a partir del mes de febrero
de 2017.
i) El programa estará
vigente de conformidad
con el calen-dario
escolar (plan anual
o semestral) establecido
por la Dirección General de Administración Escolar
(DGAE).
TRANSITORIO:
Se dispensará el requisito del título, únicamente cuando el
académico se encuentre dentro del supuesto establecido en el artículo 36 del Estatuto
del Personal Académico de la UNAM.
“POR MI RAZA HABLARÁ EL
ESPÍRITU”
Ciudad Universitaria,
Cd. Mx., a 5 de junio de 2017
DR. CARLOS ARÁMBURO DE
LA HOZ
Director General
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